Abogada de Bancarrota del Capítulo 13 en Modesto

El Capítulo 13 es una bancarrota de reorganización diseñada para deudores con ingresos regulares a quienes les sobra suficiente cada mes para pagar al menos una parte de sus deudas a través de un plan de pago. El Capítulo 13 permite a las personas que tienen ingresos o activos importantes reestructurar su deuda de una manera que les permita pagar parte o la totalidad de sus pasivos en cuotas mensuales durante un período de tiempo determinado. Se puede elaborar un plan de bancarrota del Capítulo 13 que le proporcionará pagos fijos durante tres a cinco años sin más intereses ni multas. Esto se puede utilizar para eliminar parte de su deuda o para ponerse al día cuando se atrasa en los pagos de la hipoteca u otros préstamos garantizados.

En la bancarrota del Capítulo 13, puede quedarse con toda su propiedad (incluidos los activos no exentos; sin embargo, tendrá que pagar a los acreedores una cantidad igual al valor de su propiedad no exenta). A cambio, usted paga la totalidad o una parte de sus deudas a través de un plan de pago (la cantidad que debe devolver dependerá de sus ingresos, gastos y tipo de deuda). Por lo general, la bancarrota del Capítulo 13 es para deudores que: ▪ no califica para el Capítulo 7 pero necesita alivio de la deuda (por ejemplo, para reducir los pagos con tarjeta de crédito, detener un litigio o evitar un embargo de salario) ▪ tiene deudas no condonables, como pensión alimenticia o atrasos en la manutención de los hijos, que le gustaría pagar en un plazo de tres a cinco años, o ▪ se ha atrasado en el pago de una casa o automóvil y quiere ponerse al día con los pagos atrasados ​​y conservar la propiedad.

La bancarrota del Capítulo 13 también es una opción para las personas que desean pagar todas sus deudas, pero que necesitan un plan de pago estructurado para hacerlo.

Aunque la mayoría de los declarantes del Capítulo 13 ganan demasiado dinero para calificar para la bancarrota del Capítulo 7, muchos deudores optan por solicitar la bancarrota del Capítulo 13 porque ofrece muchos beneficios que no están disponibles en el Capítulo 7. El Capítulo 13 ofrece a las personas una serie de ventajas sobre la liquidación bajo el Capítulo 7 Quizás lo más significativo es que el capítulo 13 ofrece a las personas la oportunidad de salvar sus hogares de una ejecución hipotecaria. Al presentar una solicitud de conformidad con este capítulo, las personas pueden detener los procedimientos de ejecución hipotecaria y, con el tiempo, pueden subsanar los pagos de hipoteca morosos. Sin embargo, aún deben hacer todos los pagos de la hipoteca que vencen durante el plan del capítulo 13 a tiempo. Otra ventaja del capítulo 13 es que permite a las personas reprogramar deudas garantizadas (que no sean una hipoteca para su residencia principal) y extenderlas durante la vigencia del plan del capítulo 13. Hacer esto puede reducir los pagos. El capítulo 13 también tiene una disposición especial que protege a los terceros que son responsables ante el deudor de las "deudas de los consumidores". Esta disposición puede proteger a los cofirmantes. Finalmente, el capítulo 13 actúa como un préstamo de consolidación en virtud del cual el individuo hace los pagos del plan a un administrador del capítulo 13 que luego distribuye los pagos a los acreedores. Las personas no tendrán contacto directo con los acreedores mientras estén bajo la protección del capítulo 13 conocida como suspensión automática.

Elegibilidad de bancarrota del Capítulo 13

Cualquier individuo, incluso si trabaja por cuenta propia u opera un negocio no incorporado, es elegible para el alivio del capítulo 13 siempre que las deudas no garantizadas de la persona sean menos de $ 394,725 y las deudas garantizadas sean menos de $ 1,184,200. 11 U.S.C. § 109 (e). Estos montos se ajustan periódicamente para reflejar los cambios en el índice de precios al consumidor. Una corporación o sociedad no puede ser un deudor del capítulo 13.

Una persona no puede presentar una solicitud bajo el capítulo 13 o cualquier otro capítulo si, durante los 180 días anteriores, una petición de quiebra anterior fue desestimada debido a que el deudor no compareció intencionalmente ante el tribunal o no cumplió con las órdenes del tribunal o si fue despedido voluntariamente después de que se buscaron los acreedores. alivio del tribunal de quiebras para recuperar la propiedad sobre la que tienen embargos. 11 U.S.C. §§ 109 (g), 362 (d) y (e). Además, ninguna persona puede ser deudor según el capítulo 13 o cualquier capítulo del Código de Quiebras a menos que, dentro de los 180 días anteriores a la presentación, haya recibido asesoramiento crediticio de una agencia de asesoría crediticia aprobada, ya sea en una sesión informativa individual o grupal. 11 U.S.C. §§ 109, 111. Hay excepciones en situaciones de emergencia o cuando el fideicomisario de los EE. UU. (O administrador de la quiebra) ha determinado que no hay suficientes agencias aprobadas para brindar la asesoría requerida. Si se desarrolla un plan de gestión de la deuda durante la asesoría crediticia requerida, debe presentarse ante el tribunal.

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